El camino
Del contrato a la sentencia, en seis pasos.
Te contamos el camino entero, incluida la parte que menos gusta oír: los juzgados tardan.
Revisamos tu contrato y tus recibos
Nos mandas lo que tengas. Te decimos si hay caso y por qué. Si no lo hay, te lo decimos gratis y aquí se acaba.
Hoja de encargo y poder
Firmas el encargo y un poder para pleitos, que permite al abogado actuar en tu nombre. Es el primer paso real.
Reclamación al banco
Antes del juzgado se le reclama por escrito. Algunos bancos llegan a un acuerdo aquí; la mayoría, no.
Demanda
Se presenta la demanda pidiendo que el juez anule el contrato. A partir de aquí manda el calendario del juzgado.
Sentencia
Si el juez anula el contrato, tu deuda se recalcula sin intereses y el banco devuelve lo pagado de más. Normalmente le condenan también a pagar los gastos del juicio.
Devolución o cancelación
Recibes el dinero o tu deuda queda cancelada. Es entonces, y solo entonces, cuando cobramos nosotros.
Depende del juzgado que toque. Es lo que hemos visto en nuestros expedientes: las demandas de finales de 2025 tuvieron sentencia entre mayo y junio de 2026.
Con tres papeles te decimos si hay caso.
Si te falta alguno, escríbenos igual: casi siempre se puede conseguir.
- El contrato de la tarjetaSi no lo conservas, el banco está obligado a dártelo y podemos pedírselo nosotros.
- Extractos o recibosCuanto más antiguos, mejor. Con un año ya se ve el patrón.
- Tu DNIPara comprobar que la tarjeta está a tu nombre.